Bono social eléctrico 2026: requisitos y descuentos
El bono social eléctrico es una ayuda que consiste en un descuento en la factura para quien tiene contratado el PVPC en su vivienda habitual y cumple los requisitos de consumidor vulnerable. Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, el descuento es del 42,5 % para el consumidor vulnerable y del 57,5 % para el vulnerable severo (Real Decreto-ley 7/2026). Solo puede solicitarlo el titular del contrato, persona física, ante una comercializadora de referencia (COR); la potencia contratada debe ser de 10 kW o menos.
Qué es y cuánto descuenta en 2026
Según MITECO, el bono social reduce el importe de la electricidad en la tarifa PVPC, que solo se contrata con una COR.
En 2026, el Real Decreto-ley 7/2026 fija un descuento del 42,5 % para el consumidor vulnerable y del 57,5 % para el vulnerable severo entre el 1 de enero y el 31 de diciembre.
El descuento se aplica íntegro al término de potencia; en el término de energía, solo hasta un límite anual de consumo: 1.587 kWh (persona sola o dos personas), 2.222 kWh (tres personas, pensionistas con cuantía mínima o unidad con un menor), 2.698 kWh (cuatro personas o tres con dos menores) y 4.761 kWh (cinco o más, cuatro con tres menores o familias numerosas). La energía que supere el límite se factura a PVPC sin descuento (MITECO).
Quién es consumidor vulnerable
Eres consumidor vulnerable si cumples alguno de estos requisitos (MITECO): renta anual de hasta 1,5 veces el IPREM de 14 pagas, es decir, 12.600 € al año en 2026 para una persona sola, sumando 0,3 IPREM por cada adulto adicional y 0,5 IPREM por cada menor (ejemplos oficiales: 19.320 € para dos adultos y un menor y 23.520 € para dos adultos y dos menores); tener el título de familia numerosa; que todos los miembros con ingresos sean pensionistas de jubilación o incapacidad permanente con la cuantía mínima y sin otros ingresos de más de 500 € al año; o ser beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (tú o un miembro de la unidad de convivencia). Los umbrales se calculan con el IPREM de 14 pagas, 8.400 € (MITECO); el IPREM vigente en 2026 es de 600 € al mes (SEPE).
Las circunstancias especiales suman 1 IPREM al umbral (por ejemplo, 21.000 € al año en 2026 para una persona sola): discapacidad reconocida igual o superior al 33 %, ser víctima de violencia de género o de terrorismo, dependencia reconocida de grado II o III, familia monoparental o electrodependencia (MITECO).
Para comprobar la renta se usa la base imponible general y del ahorro del último ejercicio del que tenga constancia la Agencia Tributaria (o la hacienda foral en el País Vasco y Navarra); si no tenías obligación de declarar, se usan los datos que consten en la Agencia (MITECO).
Consumidor vulnerable severo y riesgo de exclusión
Vulnerable severo (MITECO; 2026): renta de hasta el 50 % del umbral de vulnerable (6.300 € al año una persona sola; 10.500 € con circunstancias especiales); familia numerosa con renta de hasta 16.800 €; pensionistas con cuantía mínima y renta de hasta 8.400 €; beneficiarios del IMV con el criterio general de renta.
Riesgo de exclusión social: vulnerable severo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que pague al menos el 50 % de su factura; no paga la factura y no se le puede cortar la luz por impago (MITECO).
Cómo pedirlo y qué documentos presentar
Se solicita ante una COR por teléfono, correo electrónico, correo postal, fax o en sus oficinas, con el modelo de solicitud. Documentos (MITECO): NIF o NIE del titular y de los miembros de la unidad de convivencia; certificado de empadronamiento; libro de familia u otros documentos del Registro Civil; título de familia numerosa si procede; y, para circunstancias especiales, certificado de los servicios sociales.
Si pides el bono sin tener PVPC, la solicitud supone aceptar el cambio a PVPC; el bono se aplica desde el primer día del ciclo de facturación en que se recibe la solicitud completa.
La COR dispone de 15 días hábiles para pedir documentación que falte; con la solicitud completa, 5 días hábiles para introducir los datos en la aplicación de comprobación, que responde en otros 5 días hábiles (MITECO).
La unidad de convivencia agrupa a quienes viven en el mismo domicilio unidos por matrimonio o pareja de hecho, parentesco hasta segundo grado, o guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente; nadie puede formar parte de dos unidades (MITECO).
Duración y renovación
El bono dura dos años mientras se mantengan las condiciones; la renovación es automática si sigues cumpliendo y hay consentimiento de los miembros mayores de 14 años (la COR lo comprueba dos meses antes); en familias numerosas dura lo que el título. Debes comunicar cualquier cambio de circunstancias a la COR en un mes (MITECO).
Bono social térmico
El bono social térmico lo reciben sin pedirlo quienes sean beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior; lo gestionan y pagan las comunidades autónomas y su importe depende de la zona climática y del grado de vulnerabilidad (MITECO).
Preguntas frecuentes
¿Cuánto descuenta el bono social en 2026?
Del 1 de enero al 31 de diciembre de 2026, el descuento es del 42,5 % para el consumidor vulnerable y del 57,5 % para el vulnerable severo (Real Decreto-ley 7/2026, art. 1; MITECO). En energía, solo hasta el límite anual de consumo según el tamaño de la unidad de convivencia; el exceso se factura a PVPC sin descuento.
¿Qué renta máxima hay que tener para el bono social?
En 2026, eres consumidor vulnerable si, entre otros supuestos, tu renta anual no supera 1,5 veces el IPREM de 14 pagas (12.600 € al año en una persona sola, con incrementos por adultos y menores). Con circunstancias especiales el umbral sube 1 IPREM (por ejemplo, 21.000 € una persona sola).
¿Puedo pedir el bono social si tengo una tarifa del mercado libre?
El bono social exige contratar el PVPC en la vivienda habitual con una comercializadora de referencia. Si solicitas el bono sin tener PVPC, la solicitud supone aceptar el cambio a un contrato PVPC; el bono se aplica desde el primer día del ciclo de facturación en que se recibe la solicitud completa (MITECO).
¿Cuánto dura el bono social y hay que renovarlo?
Dura dos años mientras se mantengan las condiciones; la renovación es automática si sigues cumpliendo y hay consentimiento de los miembros mayores de 14 años (la comercializadora lo comprueba dos meses antes). Debes comunicar cambios de circunstancias en un mes.
¿Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tienen derecho al bono social?
Sí. Según MITECO, eres consumidor vulnerable si eres beneficiario del Ingreso Mínimo Vital (tú o un miembro de la unidad de convivencia), entre otros supuestos de renta, familia numerosa o pensiones mínimas.
Fuentes
Aviso: Este artículo ofrece información general y no constituye asesoramiento financiero, fiscal ni jurídico personalizado. Comprueba tu caso con la Agencia Tributaria, la Seguridad Social o un profesional habilitado.
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